Bibliotecas Populares

"Centro de Acción Cultural en tu Comunidad"


Instructivo para Obtener la Personería Jurídica para Asociaciones Civiles

¿Qué permite este trámite?

Este trámite permite a las asociaciones civiles obtener la autorización para funcionar como persona jurídica.

¿Qué documentación a presentar?
  • Nota de Estilo -dirigida al señor/a Inspector/a General- solicitando la aprobación de Estatutos y autorización para funcionar como Persona Jurídica, indicando el domicilio legal de la Entidad y firmada por Presidente y Secretario.
  • Acta Constitutiva, firmada por todos los asistentes con aclaración y DNI.
  • Estatutos en piezas separadas, firmado por el Presidente y Secretario.
  • Boleta de depósito del patrimonio inicial.
  • Padrón de Socios con indicación de sus datos personales completos y firma de cada uno. Deben estar incluidos los miembros de la Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas.
  • Nómina de los miembros de la Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas, con especificación de los cargos a desempeñar y la aceptación de los mismos mediante su firma, domicilios y Documento de Identidad de cada uno.
  • Declaración jurada de sede social.
  • Pago de 366 U.T. por tasa de servicio por derecho de trámite.
  • Pago de 1 U.T. por foja presentada.
LAS UNIONES VECINALES (A FIN DE ACREDITAR EL RADIO DE ACCIÓN) DEBERÁN PRESENTAR:
  • Plano de Mensura, certificado por la Dirección de Geodesia y Catastro.
  • Certificado Municipal, acreditando el Radio de Acción.

¿A dónde debe iniciar el tramite?

A fin de iniciar el trámite debe dirigirse el interesado por Mesa de Entradas de la I.G.P.J. Av. Libertador Gral. San Martín 750 (Oeste) Centro Cívico – 3º Piso – Núcleo 8. Debe acompañarse toda la documentación requerida.

¿Cuáles son estas normativas implicadas?
Tipo Código Detalle
Ley 135-A Ley Provincia de Procedimiento Administrativo
Ley 150-A Se crea y establece el funcionamiento y organización de la Inspección General de Personas Jurídicas, organismo dependiente del Ministerio de Gobierno.
Decreto 655-1973 Decreto Reglamentario de la Ley Provincial N° 135-A

Para tener en cuenta:

* Para poder comprar una Unidad Tributaria, dirigirse a la Dirección General de Rentas.

Patrimonio inicial: acorde al objeto.

Las SUMAS DE DINERO deben ser depositadas en el BANCO SAN JUAN, CUENTA NRO. 28864/8 (Nombre de la cuenta: SOCIEDAD EN FORMACCIÓN), a nombre de la Asociación Civil.

IMPORTANTE: todo trámite es de exclusivo interés del administrado, por ende corre por su cuenta el impulso del mismo. A los fines de lograr la mayor celeridad posible se recomienda concurrir ante esta Repartición los días de atención al público.

MIÉRCOLES: Departamento Jurídico.

JUEVES: Departamento Civil.